Amplían Plazo para Suministrar Información Sobre Beneficiarios Finales

El Registro Único de Beneficiarios Finales “RUB” es el registro a través del cual las personas jurídicas o estructuras similares que no cuenten con personería jurídica deben suministrar información sobre sus beneficiarios finales a la DIAN. Al respecto, la DIAN expidió recientemente la Resolución 1240 de 2022 mediante la cual modificó el plazo máximo para dar cumplimiento a esta obligación de reporte, así:

  1. Se extiende el plazo para realizar este reporte a través del RUB para quienes ya cuentan con esta obligación. Así, aunque inicialmente se había establecido como plazo máximo el 30 de septiembre del 2022, de acuerdo a esta nueva resolución se podrá dar cumplimiento con la obligación de suministrar información sobre beneficiarios finales hasta el 31 de julio de 2023.
  2. Las personas jurídicas o estructuras similares que no cuenten con personería jurídica que sean creadas con anterioridad al 31 de mayo de 2023, deberán suministrar la información con respecto a sus beneficiarios finales a más tardar el 31 de julio de 2023.
  3. Las personas jurídicas o estructuras similares que no cuenten con personería jurídica que sean creadas a partir del 1 de junio de 2023, deberán realizar este registro inicial a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a: (i) su inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) o a (ii) su inscripción en el Sistema de Identificación de Estructuras Sin Personería Jurídica (SIESPJ), según corresponda.

Recuerde que en caso de que no se suministre la información debida, se haga de forma errónea o incompleta o no se actualice la información previamente suministrada, la DIAN podrá imponer sanciones. Si desea más información sobre esta obligación puede consultar nuestro blog al respecto aquí o puede contactarnos.