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La factura electrónica de venta como título valor debe llevar la firma digital del facturador

Con la transformación digital masiva que se presentó el 2020, la DIAN aclaró que para que la factura electrónica de venta tenga validez como título valor debe llevar la firma digital del facturador, además de cumplir a plenitud los requisitos exigidos por el Código de Comercio y el Estatuto Tributario.

Al momento de generación de la factura, quien la emita debe firmar digitalmente según los lineamientos exigidos por la DIAN en la Resolución No. 00070 de 2016 con el fin de que se garantice la autenticidad, la integridad y el no repudio de la factura. El emisor podrá hacer uso de software especializado o uso de la plataforma gratuita de la DIAN.

Es importante que la factura electrónica de venta tenga validez como título valor para que los involucrados en la transacción puedan hacer exigibles judicialmente las obligaciones contenidas en ella. Así mismo, permite al contribuyente probar sus ingresos y egresos para efectos tributarios.

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