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Salario pactado en moneda extranjera debe pagarse a tasa fijada contractualmente o TRM

El Ministerio de Trabajo emitió concepto sobre los salarios pactados en moneda extranjera. Al respecto, aclara que en los contratos de trabajo es válido el pacto del salario en moneda extranjera. Sin embargo, debido a la regla general que indica que las operaciones en moneda extranjera que no correspondan a operaciones de cambio deben pagarse en moneda legal colombiana, los salarios pactados en moneda extranjera deberán ser pagados en pesos colombianos. Para tal efecto, las partes pueden tomar la TRM del día del pago o una tasa fija estipulada en el contrato para calcular el pago, siempre y cuando la tasa fija no sea inferior a la TRM.