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Nuevas Medidas para Prevenir el Contagio por COVID-19 en los Lugares de Trabajo

Debido al alto riesgo de contagio que representa para los trabajadores el asistir de forma presencial a su lugar de trabajo, el Gobierno ha dictado nuevas medidas que deberán implementar los empleadores para la gestión y mitigación del riesgo de contagio por COVID-19 en los ambientes de trabajo. Así, la Resolución 350 de 2022 estableció que, en general, deben implementarse medidas como el autocuidado, el cuidado de la salud mental, el lavado e higiene de manos, el distanciamiento físico, el uso de tapabocas, la ventilación adecuada, la limpieza y desinfección, el manejo de residuos y la comunicación del riesgo y cuidado de la salud.

Adicionalmente, y de forma específica para el sector laboral, mediante esta resolución se dictan como medidas especiales: (i) la actualización del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SG-SST frente a las medidas para prevenir el riesgo de contagio por COVID-19 en el ambiente de trabajo; (ii) la implementación de un canal de comunicación entre el empleador, la EPS, la ARL y el trabajador para que puedan informarse las sospechas de contagio o cualquier situación que ponga en riesgo el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad en el trabajo, (iii) la difusión de información relacionada con los síntomas de alarma y el autocuidado; y (iv) el cumplimiento, en todos los casos, de las recomendaciones de las autoridades de salud con respecto a la prevención del contagio por COVID-19.

Frente a la obligación de actualizar el SG-SST, el primero (1) de abril del año en curso, los Ministerios de Salud y Protección Social y del Trabajo expidieron una circular conjunta en la que ésta se amplió, estableciendo que los empleadores deben implementar medidas que permitan identificar a las personas más vulnerables que tengan mayores probabilidades de sufrir complicaciones en su estado de salud. Así mismo, es necesario que implementen medidas que permitan detectar los posibles brotes de COVID-19 en la empresa de forma oportuna, para así generar las alertas y respuestas que se requieran de forma rápida y lograr la prevención y control de estos brotes. Adicionalmente, debe asegurarse la recepción de información respecto al estado de vacunación por parte de trabajadores y contratistas que trabajen de forma presencial o semipresencial para poder estimar el riesgo de contagio al interior de la empresa y realizar un mapa de riesgo. Con base en esta información, los empleadores podrán reorganizar al personal si lo consideran necesario para mitigar el riesgo de contagio, pudiendo también acudir a la ARL para recibir asistencia técnica al respecto.

Si tiene dudas con respecto al cumplimiento de estas instrucciones o cualquier otro asunto que afecte a su empresa, no dude en contactarnos.