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Implementación de Indicadores sobre Deterioro Patrimonial y Riesgo de Insolvencia

Recientemente la Superintendencia de Sociedades se refirió a la obligación de implementar los indicadores sobre deterioro patrimonial y riesgo de insolvencia en el análisis de la información financiera de las sociedades. Al respecto, recordó que, de acuerdo a lo establecido en la Ley 2069 de 2020 y en el Decreto 1378 de 2021, los administradores de las sociedades comerciales tienen la obligación de monitorear los estados financieros, la información financiera y las proyecciones de la sociedad. Así mismo, tienen la obligación de determinar si los indicadores establecidos en el mencionado Decreto 1378 sobre deterioros patrimoniales y riesgos de insolvencia son aplicables a la sociedad, de acuerdo con su modelo de negocio y el sector comercial en el que desarrolla su objeto social. Si estos indicadores son aplicables, su implementación es obligatoria y hacerlo demuestra la debida gestión de los administradores sociales. Así, en caso de que no sean implementados cuando existe la obligación de hacerlo, se tendrá como un incumplimiento de los deberes de los administradores, quienes podrán llegar a ser responsables por los perjuicios que se causen a la sociedad, a los socios o a terceros por dicho incumplimiento.

Adicionalmente, la superintendencia estableció que, una vez se implementen y analicen estos indicadores, se podrá llegar a las siguientes conclusiones: (i) que no existe deterioro patrimonial ni riesgo de insolvencia, (ii) que existe tanto deterioro patrimonial como riesgo insolvencia, (iii) que existe deterioro patrimonial pero no riesgo de insolvencia, o (iv) que no existe deterioro patrimonial pero sí riesgo de insolvencia. Además, precisó que la implementación de estos indicadores no es una simple formalidad, pues los resultados de la medición deben ser compartidos con el máximo órgano social (asamblea de accionistas o junta de socios). Esto, con el fin de que este órgano conozca claramente la situación y riesgos de la empresa y pueda adoptar las decisiones que considere procedentes basándose en la información entregada por los administradores.

En caso de que tenga dudas respecto a este tema, contactarnos.